
Cualquier elector que acuda el domingo a votar puede acabar formando parte de una Mesa. Asà lo ha ratificado este jueves la Junta Electoral Central ante el riesgo de que no puedan constituirse mesas electorales en Cataluña por la incomparecencia de los ciudadanos designados como integrantes de las mismas o como suplentes. No obstante, a diferencia del dictamen anterior, ha establecido una serie de limitaciones a esa obligación.
Desde hace semanas, la Junta Electoral Central busca diferentes soluciones a los distintos problemas que pueden plantearse en los colegios electorales el próximo domingo, 14 de febrero, si no pueden constituirse las Mesas ante las ausencias del presidente, los vocales, o los suplentes.
[El 30% de los miembros elegidos para Mesa Electoral pide no acudir el 14F]
Estas dificultades a la hora de constituir las Mesas parecen una amenaza real, si se tiene en cuenta que el 30% de los ciudadanos convocados para formar parte de las mismas ha pedido no acudir en la jornada electoral. Ante este panorama, las Juntas Electorales Provinciales han pedido instrucciones especÃficas a la Central.
Tal y como adelantó LPO el pasado 22 de enero, la JEC permitirá votar hasta dos dÃas después del escrutinio si no puede constituirse la Mesa electoral. Ese mismo dÃa, la Junta también dio instrucciones para que cualquier ciudadano que acuda a votar el 14F pueda ser obligado a convertirse en integrante de una Mesa si no puede constituirse por las ausencias de los ciudadanos convocados a tal fin.
La JEC explicó entonces que, de darse esta circunstancia, "la Junta designa, en tal caso, libremente, a las personas que habrán de constituir la Mesa Electoral, pudiendo incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores que se encuentre presente en el local".
Además, especificaba que, de no haberse podido constituir la Mesa una hora después del inicio de la votación, "se convocará una nueva votación en la Mesa, dentro de los dos dÃas siguientes". De esta forma, dejaba la puerta abierta a la posibilidad de que los electores convocados en esa mesa pudieran votar sabiendo ya el escrutinio.
En la resolución acordada en la reunión del miércoles, y hecha pública este jueves, la Junta Electoral Central incluye ciertos matices a lo aprobado hace 20 dÃas, dando a los votantes algunas salidas para evitar la ‘encerrona' de convertirse el domingo, sobre la marcha, en miembros de Mesa.
AsÃ, la JEC especifica que, si bien cualquier elector puede ser obligado a formar parte de una Mesa electoral, por parte de la Junta Electoral de Zona, se deberán valorar "las excusas que en ese momento pueda presentar el elector" y en particular se "tendrá en cuenta la edad y otras circunstancias que supongan un mayor riesgo para su salud".
Además, recuerda que entre las opciones de que disponen las Junta Electorales de Zona para cubrir vacantes en Mesas, "debe entenderse incluida la de designar a electores suplentes en otras Mesas electorales que se hayan podido constituir, en el mismo colegio electoral o en un colegio electoral próximo".
Si pese a la utilización de estos criterios no pudiera constituirse una Mesa a las 10:00 horas, la Junta Electoral de Zona convocará una nueva votación en esa Mesa, dentro de los dos dÃas siguientes, fijando inmediatamente en la puerta del local electoral la nueva convocatoria y procediendo de oficio al nombramiento de los miembros de esa Mesa.
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